La Secretaría de Gobernación (Segob) ha emitido un comunicado en el que destaca la relevancia de utilizar correctamente los símbolos patrios durante las celebraciones de la Independencia de México.
La Segob hace hincapié en que los símbolos patrios deben ser manufacturados, diseñados y utilizados sin ninguna alteración o modificación, y esto incluye no utilizarlos de manera incorrecta, “ya sea por criterio personal, apreciación subjetiva, gusto propio o por parte de autoridades, instituciones o cualquier individuo, por muy legítimo que sea el mensaje que se desee transmitir a la sociedad”.
De acuerdo con los artículos 2, 3, 7, 38 y 39, no se deben alterar la ejecución, los colores ni las características del escudo nacional, el Himno Nacional, la bandera ni el canto del himno.
Asimismo, la legislación prohíbe el uso de los símbolos patrios con fines de lucro, incluyendo el Himno Nacional, la bandera y el águila de la bandera.
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“Es responsabilidad de la Secretaría de Gobernación garantizar el cumplimiento de esta ley, y en esta tarea contarán con la colaboración de todas las autoridades del país. De acuerdo con este marco legal, en su artículo 56, se considera una infracción alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas en el artículo 3″.